Visite nuestra nueva web:
http://kiasa1998.wix.com/kiasa
donde podrá encontrar las últimas noticias, novedades, así como información (normativa vigente, etc),...
QUE EL COMERCIO ABONE LO QUE LES PERTENECE A LOS KIOSCOS DE ASTURIAS.
FIRMA AQUÍ:
EL DIARIO EL COMERCIO SIGUE NEGANDO EL PORCENTAJE A LOS KIOSCOS
Los kioskos de KIASA, en su cuarta semana de reivindicación, mostrarán una vez más, su condena y repulsa a las políticas monopolizadoras del diario “El Comercio”. Políticas que favorecen a unos pocos, (como puede comprobarse en el último informe publicado por el propio Grupo Vocento), en detrimento de los más débiles.
Es por esto, por lo que una semana más, los kioscos asturianos se concentrarán frente a las instalaciones del diario “El Comercio” (calle Ventura Rodríguez 8, 33005 Oviedo) el martes 17 de noviembre a las 12.00 horas.
Estos autónomos, sólo piden al diario “El Comercio” que les den su porcentaje, porcentaje que les pertenece por la venta conjunta e imperativa todos los lunes del pack el diario “El Comercio” + el “As”.
Los kioscos, manifiestan estar cansados de los abusos que padecen a diario y gritan un ¡¡¡BASTA YA!!! a estas prácticas monopólicas y destructivas para el sector.
Viernes, 13 de noviembre de 2015
El día 27 de Octubre del presente, tendrá lugar el Plaza General Ordoñez, 1 entresuelo Izq. Oviedo 33005, la celebración de tercer curso gratuito para nuestros asociados sobre "Alérgenos" de acuerdo a la normativa en vigor.
La hora para la realización del curso es de 28.00 horas a 22.00 horas.
La Ley contempla la posibilidad de que los titulares de derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo que causen alta como trabajadores por cuenta propia puedan compatibilizar la percepción mensual de la prestación con el trabajador autónomo por un máximo de 270 días o nueve meses. (Quedan excluidos de este supuesto los que hayan obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses inmediatamente anteriores. También quedan excluidos quienes, como trabajadores autónomos, suscriban un contrato con la empresa o empleador para los que hubiese prestado sus servicios por cuenta ajena con carácter inmediatamente anterior.
(...)
No existen actividades programadas