La Ley contempla la posibilidad de que los titulares de derecho a la prestación por desempleo de nivel contributivo que causen alta como trabajadores por cuenta propia puedan compatibilizar la percepción mensual de la prestación con el trabajador autónomo por un máximo de 270 días o nueve meses. (Quedan excluidos de este supuesto los que hayan obtenido el pago único de la prestación por desempleo en los 24 meses inmediatamente anteriores. También quedan excluidos quienes, como trabajadores autónomos, suscriban un contrato con la empresa o empleador para los que hubiese prestado sus servicios por cuenta ajena con carácter inmediatamente anterior.
(...)
A lo largo del mes de septiembre y octubre, se realizarán 2 cursos que estaban pendientes sobre alérgenos.
Los cursos se realizarán en Gijón y Oviedo respectivamente y siempre en horario de tarde, preferiblemente de 20.00 horas a 22.00 horas.
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Los meses de JULIO y AGOSTO, debido al periodo vacacional las oficinas tendrán los siguientes horarios:
JULIO: Las oficinas de Gijón y Sama de Langreo permanecerán cerradas.
La Oficina de Oviedo estará operativa en su horario habitual, no sufrirá cambio alguno.
AGOSTO: Las oficinas de Gijón y Langreo operarán con total normalidad.
La Oficina de Oviedo estará abierta solamente los jueves y viernes en horario de 10.00 horas a 14.00 horas.
Para cualquier consulta llamar a la asociación al teléfono 985991000.
En cumplimiento a la Ley del Principado de Asturias 4/2015 de 6 de marzo en la cual se establece que:
aquello establecimiento habilitados para la expedición de bebidas alcohólicas deben disponer de un cartel en lugar perfectamente visible, de tamaño no inferior a 21 centímetros de diámetro o de lado en que contenta la frase "Prohibida la venta, el suministro y el consumo de bebidas alcohólicas a menores de 18 años" en letra clara y legible no inferior a 9 milímetros. En dicho cartel figurará la referencia a la Ley del Principado de Asturias 4/2015 de 6 de marzo