Durante el mes de octubre (antes del 1 de noviembre), tienen la oportunidad de modificar la base de cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y la cuota a pagar. Esta modificación tendrá efectos a partir del 1 de enero de 2012.
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Asimismo, la Tesorería General de la SS podrá incrementar, anualmente y de forma automática, su base de cotización en el mismo porcentaje en que se aumenten cada año las bases máximas de cotización en este Régimen Especial, previa solicitud antes del día 1 de noviembre.
La Disposición adicional trigésima tercera de la Ley 27/2011, establece que a partir del 1 de enero de 2012, y con carácter indefinido, los trabajadores del RETA podrán elegir, con independencia de su edad, una base de cotización que pueda alcanzar hasta el 220 % de la base mínima de cotización que cada año se establezca para este Régimen Especial (en 2011 serían 1.870,44 €)